jueves, 25 de abril de 2019

¿TENGO DERECHO A DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS?

Dónde es fiesta este martes 22 de enero


Los días de asuntos propios – días de libre disposición–, son días en los cuales, los trabajadores pueden faltar a su puesto de trabajo por un motivo personal, siendo una falta de asistencia justificada.

Se tiene la creencia generalizada de que todos los trabajadores tienen días de asuntos propios per se, pero esto no es del todo cierto, puesto que habrá que acudir al Convenio Colectivo que sea de aplicación en la empresa, y atendiendo a lo que regule la norma convencional, tendremos determinados días de asuntos propios o no, a menos que se hayan pactado con la empresa mediante contrato o acuerdo, es decir, se tiene derecho al número de días de asuntos propios que establezca el Convenio Colectivo, contrato o pacto.

La forma de saber si tengo derecho o no, a estos días es, tal y como adelantamos, acudir al Convenio Colectivo de aplicación, su nomenclatura no es determinante, pues muchos convenios los denominan permisos retribuidos, entre otros.

martes, 23 de abril de 2019



Nueva deducción de la Comunidad de Madrid en IRPF por gastos educativos en Educación Infantil de primer ciclo, de 0 a 3 años. 


Como consecuencia de las últimas modificaciones legislativas de la Comunidad de Madrid, relativas entre otros aspectos a la deducción autonómica en materia de IRPF de la Comunidad de Madrid por gastos educativos de los hijos o descendientes se han incluido dentro de dicha deducción por gastos educativos las cantidades satisfechas por los conceptos de escolaridad durante el primer ciclo de Educación Infantil, de 0 a 3 años (antes solo se admitía la deducción para el segundo ciclo de Educación Infantil,  Educación Básica Obligatoria y Formación Profesional Básica)

En cuanto a la entrada en vigor de la deducción, aunque en el Manual de la Renta de 2018 sigue apareciendo solo la deducción para segundo ciclo de Educación Infantil, la entada en vigor que se prevé en la Ley de la Comunidad de Madrid establece que las disposiciones relativas a IRPF entrarán en vigor el 31 de diciembre de 2018 y serán de aplicación a todos los periodos impositivos que finalicen durante el año 2018.

La base para esta deducción en el primer ciclo de Educación Infantil serán las cantidades satisfechas por el concepto de escolaridad únicamente, siempre que estas cantidades no se abonen mediante precios públicos ni mediante precios privados autorizados por la Administración, es decir que únicamente se admite esta deducción para los importes abonados en concepto de escolaridad a las guarderías privadas, no admitiéndose para guarderías públicas ni concertadas.

La deducción será del 15 por ciento de los gastos de escolaridad, con un límite de deducción de 1.000€ por cada hijo o descendiente que esté cursando el primer ciclo de Educación Primaria, siempre que convivan con los progenitores. Cuando el hijo o descendiente conviva con ambos padres o ascendientes, el importe de la deducción de prorrateará por partes iguales entre ellos. 

Para poder aplicar esta deducción será necesario que el Centro Educativo expida, a petición de los padres, un certificado donde consten las cantidades que han sido satisfechas en concepto de escolaridad de cada alumno durante el ejercicio que corresponda.

Dicha deducción autonómica es compatible con la nueva deducción estatal por gastos de guarderías para madres trabajadores con hijos menores de 3 años a su cargo, siempre que se cumplan los requisitos de ambas.

miércoles, 17 de abril de 2019

¿Es obligatorio llevar a cabo el registro diario de jornada en las empresas?

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A partir del próximo día 12 de mayo de 2019, entra en vigor el nuevo Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en jornada de trabajo.

La norma consigna, entre otras, una nueva obligación para las empresas, las cuales, deberán garantizar el registro diario de jornada, que debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada trabajador, así como los tiempos de descansos que tomen los trabajadores, (pausas para comer, café, bocadillo, fumar….) en su caso, de acuerdo con la normativa legal a tales efectos.

Respecto a la forma de organización y documentación del registro de jornada debe determinarse mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa.  La normativa legal, no dice nada respecto de los sistemas concretos de control de la jornada, por ello, y salvo que el convenio colectivo que sea de aplicación en el seno de la empresa establezca un sistema concreto, (no es lo normal por el momento) el empresario puede adoptar las medidas que estime más oportunas para el control horario, ya sea mediante hojas de papel (inclusive mediante una hoja de Excel) siempre firmadas por todos los trabajadores, o mediante un sistema de fichaje electrónico, es decir, la norma habilita una pluralidad de sistemas para el registro y control de jornada.

Asimismo, se establece que la empresa debe conservar los registros durante cuatro años que han de permanecer a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de trabajo y Seguridad Social.

Las sanciones por no tener implementado un sistema o que presente defectos (es decir no esté firmado físicamente o no sea el adecuado electrónicamente) van desde 626 € a 6.250 €

lunes, 8 de abril de 2019

¿QUÉ PASA SI DETECTAMOS QUE EL CONVENIO QUE VIENE EN EL CONTRATO NO ES DE APLICACIÓN?


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Cuando detectamos esta situación, lo que se debe hacer es cambiar el convenio colectivo y aplicar el que debemos aplicar, pues tal no podemos elegir el convenio a nuestra mera conveniencia (Ni como empresa, ni como trabajador), incluso si estamos aplicando en la empresa un convenio colectivo incorrecto, pero que tiene mejores condiciones económicas y de derechos que el convenio colectivo de aplicación correcta. (hay alguna excepción como trabajador) 

En estos casos, si la empresa está aplicando de forma errónea un Convenio Colectivo, debemos de dejar de aplicarlo y aplicar el que procede.

Nuestra recomendación sería que se mantuviese una reunión informal con los trabajadores, donde la empresa explicase la situación, y que en base al error, se va a proceder a cambiar en convenio colectivo para aplicar el correcto, y negociar individualmente el cambio/adaptación de categorías como la consolidación de salarios mediante complementos específicos para cada personal. En principio los salarios sí deben mantenerse en estos casos.

Esto, debe ser un proceso de negociación prudente, transparente y bilateral de las condiciones de trabajo con el personal de la empresa, con el fin de que comprendan la situación y la razón objetiva por la que se procede al cambio del convenio. Esto debe ser así para evita acabar en un procedimiento judicial (un conflicto colectivo).

Una vez cerradas las condiciones, se procedería al cambio de convenio  y a las nuevas contrataciones directamente aplicar el nuevo convenio.



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EMBARGO POR HACIENDA DE CRÉDITOS CUANDO YA SE HAN ENTREGADO PAGARÉS POR CLIENTE

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Los pagarés en posesión del proveedor, independientemente de que hayan endosado o no ya no son embargables. 

Según la doctrina de la propia Hacienda, el pagaré es un "título valor",  y por tanto, a partir de la emisión del mismo, su entrega al proveedor, implica que el crédito se incorpora al pagaré y tiene autonomía propia, dicho de otra manera, después de la entrega del pagaré, el cliente ha pagado ya a su proveedor, y por tanto debe informar a Hacienda de que no debe nada y debe pagar el efecto con normalidad en el banco. 

Otra cosa es que fueran pagarés "no a la orden", entonces sí que se debe pagar a Hacienda y devolver a vencimiento, ni tampoco es posible la emisión de nuevos pagarés hasta que no se reciba por el cliente la notificación del levantamiento del embargo.


En Gómez Gallardo Abogados los clientes encontrarán una asesoría fiscal en Madrid profesional y especializada al servicio de sus particulares necesidades.

A grandes rasgos, en Gómez Gallardo Abogados se encuentran tres líneas de especialización y trabajo bien diferenciadas.

En primer lugar, somos una consultoría especializada en empresas, tanto en el ámbito mercantil como el societario. Nuestras labores de asesoramiento también abarcan el asesoramiento fiscal, el laboral y el contable. Los clientes que se encuentran al frente de una Organización no Gubernamental también disfrutarán de un asesoramiento personalizado, contando en todas nuestras líneas de actuación con un servicio en todo el ámbito territorial español vía online, así como una presencia física en Madrid, gracias a nuestro despacho principal ubicado en la capital del territorio nacional.

La segunda línea de actuación comprende un asesoramiento legal/jurídico meticuloso para la efectiva realización de todo tipo de operaciones y gestiones en materia de contratación, operaciones societarias, reclamaciones judiciales, partición de herencias, subastas judiciales o recursos en materia administrativa. De igual forma, nuestros abogados con sede física en Madrid trabajan en todo el territorio nacional bien sea para asesoramiento online o para litigar en sala de forma física.

Otra línea de trabajo en la que destaca Gómez Gallardo Abogados, más allá de ser referente como Asesoría Fiscal en Madrid, se basa en la materia de impagos, a la hora de recuperar el recobro de deudas objeto de mora. En este sentido, desde el año 1992, nuestra firma lleva millones de euros recuperados tanto en vía judicial como en vía extrajudicial.

Este despacho profesional tiene como razón de ser no solo el éxito en la resolución de controversias jurídicas judicial y extrajudicialmente, si bien, gran parte de su éxito empresarial pasa por evitar problemáticas que puedan devenir de la propia gestión empresarial de un negocio. Es por ello, que una atención personalizada, individual y efectiva permitirá al cliente llevar a buen puerto a su empresa, sociedad, fundación o ONG en la gestión de sus asuntos.

Innovando y adaptándose siempre a los avances tecnológicos, en Gómez Gallardo Abogados se trabaja con herramientas telemáticas como aplicaciones móviles, comunicación en nube y tramitación online, con la finalidad de desarrollar un servicio de calidad abaratando costes y ofreciendo a todos los clientes tarifas competitivas. Tarifas que terminan marcando la diferencia dentro del sector reflejando una asesoría fiscal en Madrid de relevancia contrastada en toda España.

Tenemos precios reducidos, pero no somos una asesoría low cost. No nos limitamos a hacer un recuento de facturas emitidas y recibidas ni a la presentación telemática de tus impuestos. En nuestra asesoría laboral el trato personal con el cliente es muy importante porque queremos que tu negocio crezca y que te beneficies de una estrategia fiscal que te permita pagar menos impuestos. 

Te enseñamos a gestionar mejor a través de nuestro software particular de facturación y de una aplicación móvil que te permitirá conocer en todo momento cuál es el estado de tus facturas, albaranes, remesas de cobro y pagos bancarios. Y en caso de que fuera necesario, podemos asumir la gestión del departamento de facturación y cobros de tu negocio para que no tengas que preocuparte por nada a la hora de cumplir con tus obligaciones con Hacienda. 

Abogados Mercantiles en Madrid


En nuestro despacho contamos con abogados mercantiles en Madrid, en los que encontrará un asesoramiento personalizado y eficaz de los distintos órganos de decisión, administración y gestión de su empresa.

Los servicios que prestamos podrían englobarse, siguiendo su naturaleza jurídica, en:

· Derecho Mercantil: Nuestros abogados mercantiles tratan las materias jurídicas relacionadas con la actividad económica de nuestros clientes y la cotidiana derivada de la actividad empresarial.

Entre las materias que trabajamos se encuentran las siguientes:

- Derecho societario: asesoramos a nuestros clientes sobre la forma jurídica más conveniente para su actividad profesional, así como su constitución y resolución de los posibles conflictos entre los distintos órganos de la misma; así como el régimen jurídico de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG), tales como asociaciones y fundaciones.

- Régimen de contratación: asesoramiento en la redacción, interpretación y ejecución de todo tipo de contratos; siendo los mismos elaborados por nosotros, sin emplear modelos estereotipados que pueden causar problemas de todo tipo al carecer del rigor para la cuestión planteada.

- Negociación y planificación en la transformación de las empresas: tales como fusiones, adquisiciones de empresas, acuerdos de cooperación, etcétera.

- Reestructuraciones financieras: ante cambios en la necesidad de liquidez de la empresa de nuestros clientes, asesoramos de las posibles vías que pueden darse, tales como gestionar préstamos sindicados, como agentes intermediarios entre prestamista y prestatario; operaciones de liquidación, compraventa de acciones y participaciones sociales, operaciones de capital riesgo, préstamos de capital privado o dado el caso, procedimiento concursal, asesorando y gestionando las implicaciones jurídicas que puedan darse en cualquiera de las distintas opciones.

- Responsabilidad órgano de administración: entre nuestros servicios está el de Secretaría en Consejos de Administración, en el cual destacamos las funciones de redacción del libro de actas y su posterior presentación y el asesoramiento legal en Juntas de Socios o Accionistas.

· Derecho Civil, Laboral, Penal y Familiar: En el ámbito mercantil, muchas veces nos encontramos con enfrentamientos de posturas o situaciones que pueden estar reguladas sea cual sea su naturaleza, por lo que es recomendable siempre confiar en un profesional que nos ayude a resolverlos. En Gómez Gallardo Abogados tenemos especialistas a su disposición sea cual sea la naturaleza del asunto, por lo que ponemos a su disposición una dilatada experiencia y profesionalidad en todas las ramas del Derecho.

Asesoría Laboral Madrid

 



Tanto si eres trabajador autónomo como si tienes una pequeña empresa con empleados a tu cargo, ya te habrás dado cuenta de que gestionar un negocio tiene cierta complejidad, especialmente en lo relativo al cumplimiento de tus obligaciones fiscales y laborales. 

Los constantes cambios de legislación y los numerosos reajustes en los calendarios de tributaciones hacen prácticamente imposible mantener al día estas condiciones sin la ayuda de un profesional. En nuestra asesoría laboral en Madrid, un equipo de profesionales se encarga de todos estos detalles para que tú puedas concentrarte en tu negocio sin que la fiscalidad de tu empresa se convierta en un impedimento en el desarrollo normal de tu actividad.  

Un sistema de gestión que se adapta a tus necesidades

La calidad y el grado de especialización de los servicios de una asesoría fiscal, laboral y contable no tienen por qué estar reñidos a sus precios. En Gómez Gallardo Abogados trabajamos con tarifas ajustadas a las necesidades de cada cliente, con el objetivo de ofrecerles exactamente lo que necesitan para mantener su negocio siempre al día en cuanto a sus obligaciones con la Administración.

Si buscas una asesoría laboral en Madrid con todas las garantías de las gestorías tradicionales pero sin las limitaciones de los servicios low cost, ahora tienes la opción de trabajar con un despacho profesional, con un sistema de facturación propio mucho más sencillo e intuitivo y con un catálogo de tarifas configurable para que únicamente pagues por lo que tu empresa necesita. 

Hacemos crecer tu negocio

Abogados en Madrid, Asesoría Integral

abogados en madrid
En nuestra asesoría jurídica encontrarás un equipo profesional que pone a disposición de sus clientes todo su empeño y profesionalidad, para atender con rigor y con un trato personalizado e individualizado a cada uno de ellos. En nuestro despacho de abogados, situado en Madrid, somos especialistas en derecho mercantil, societario y en Fundaciones y Organizaciones No Gubernamentales (ONG).

Nuestra forma de comunicación, presencial y online, nos permite ofrecer las mejores tarifas en servicios de asesoría fiscal, laboral y contable. Estos servicios se prestan en función de las necesidades de cada empresa y de manera rápida y eficaz, gracias a que nos hemos sabido adaptar a los nuevos avances tecnológicos, como las app móvil y la propia nube, logrando una mejor comunicación entre el asesor y el cliente.

Nuestro compromiso con el cliente y sus circunstancias es atenderlo con el máximo respeto. Por ello, necesitamos que la relación se base en la confianza, que sea una buena relación personal, con un trato directo. Nosotros ofrecemos la seguridad de tratar cada asunto con el máximo interés, con rigor, con profesionalidad y trabajando con todos nuestros medios materiales y humanos a nuestra disposición para la consecución de los objetivos. Exigimos a nuestros abogados ética en sus actuaciones y otros valores como el respeto, para garantizar calidad, confidencialidad y celeridad en nuestro asesoramiento. 

En nuestro despacho de abogados en Madrid buscamos cual es la mejor opción y, tras analizar todas las existentes, ponemos al cliente en conocimiento de las posibles soluciones, con sus ventajas e inconvenientes, para que sea el propio cliente quien escoja la más adecuada. Nuestra misión es que, conociendo plenamente las consecuencias de cada decisión, sean los clientes quienes libremente puedan decidir. Somos conscientes de que es esencial, como profesionales del derecho, ofrecer una información completa, que sirva de guía y orientación al cliente, para que él tenga la última palabra, ya que, él es el verdadero protagonista del caso. 

En definitiva, en nosotros encontrarán especialización, una gran experiencia, una forma de trabajo basada en el rigor jurídico y la exhaustividad. Somos una empresa honesta que trabaja con entrega y dedicación, con seriedad y cercanía, para encontrar la solución más adecuada a los intereses de nuestros clientes.

Asesoramiento mercantil: Internacionalización de empresas

asesoramiento mercantil

El crecimiento de una compañía pasa, en muchas ocasiones, por saber aprovechar las oportunidades que se ofrecen de abrir nuevas líneas de negocio, algo que, sin duda alguna, abre un panorama esperanzador para aquellos que tienen un servicio que ofrecer internacionalmente. Sin embargo, este proceso puede llegar a ser dificultoso, por lo que es aconsejable contar con el asesoramiento mercantil de profesionales especialistas.

Esta es una de las especialidades de los abogados que formamos Gómez Gallardo, ya que llevamos bastante años compartiendo nuestra experiencia con empresas de todos los sectores que desean internacionalizarse buscando nuevos horizontes de negocio.

Este proceso requiere la atención de especialistas por diversos motivos. Para empezar, lo normal es que cada país cuente con normativas diferentes en lo que se refiere al pago de impuestos o a los requisitos exigidos para que una compañía se afinque en su territorio. Nuestros asesores están especializados y conocen al detalle las legislaciones mercantiles de los principales destinos de negocio, por lo que pueden prestar una ayuda inestimable para aquellos empresarios que comienzan en esta aventura.

Por otro lado, los documentos legales exigibles en un país cualquiera son difíciles de interpretar por aquellos que no tengan experiencia en esta materia. Los servicios de traducción y de gestión pueden suponer una dificultad añadida para empresas que ya deben afrontar un gasto extra excesivo por el simple hecho de querer expandir sus fronteras internacionalmente.

En este sentido, nuestro servicio de consultoría es un apoyo excelente para explorar las potencialidades reales de un negocio en el extranjero, y es que el asesoramiento mercantil que ofrecemos no está limitado solamente al aspecto legal. Queremos ayudarle en todo lo relacionado con su empresa, por lo que nos implicaremos directamente en su proyecto para que no le falte ninguna garantía.

Nuestro consejo es comenzar la exploración del mercado intraeuropeo, ya que es en él donde se encuentran las mayores facilidades para que una empresa salte del ámbito local al internacional. Esto enriquecerá la cultura de la compañía, pudiendo servir como paso previo para un crecimiento en el que se empiecen a construir negocios fuera de las fronteras de la Unión Europea.

En definitiva, internacionalizarse es el mejor paso para crecer, aunque este planteamiento debe ser afrontado con garantías de éxito, algo para lo que es fundamental un servicio de asesoramiento mercantil que descubra los requisitos legales y los diferentes trámites que deben ser llevados a cabo en diferentes países.